Que podemos fotografiar

Que podemos fotografiar y que no? según la normativa española, ya que cada pais tiene sus propias normas.

Por ejemplo, Realizar una fotografía a un monumento puede convertirse en un delito. Así de clara es la legislación de ciertos países europeos que no tienen integrada en su normativa la llamada libertad de panorama. El Atomium de Bruselas, el Parlamento Europeo de Estrasburgo o la vista nocturna de la Torre Eiffel están sujetos a derechos de autor y derechos de marca y la comercialización de una imagen en la que aparezcan estos edificios puede suponer violación normativa.




Recuerdo hace años, ya estoy contando batallitas, me encargaron realizar una fotografía de un edificio, ese edificio era propiedad de un banco y ese banco tenía problemas financieros; cuando me vieron llegar, los miembros de seguridad del banco quisieron impedir que realizara la foto, amenazándome con todo tipo de argumentos legales, llamadas por un lado por otro, etc... al final me escondí y realicé la foto.

Sus argumentos eran, que el edificio era privado, cierto,  el mío que el edificio estaba en la vía pública , más cierto.




Aquí empezamos a desgranar dos temas; 
Que se puede fotografiar?? la respuesta, todo.

El otro tema es, que se puede publicar? y la respuesta ya es más compleja. En este reportaje iremos desgranando los casos, uno a uno.

En la calle lo podemos fotografiar todo, personas, edificios, vehículos, escaparates etc... Si queremos publicar esas fotos, si son personas, debemos tener permiso, en cuanto a los edificios al estar en zona pública, se pueden publicar.

Edificios Militares, Oficiales o Policiales; todo lo que se ve desde una zona pública, se puede fotografiar, otra cosa es en el interior de estos edificios.

Cementerios, estaciones de Ferrocarril, aeropuertos o metro, hay que solicitar permiso, cuando intentamos fotografiar su interior, los exteriores fotografiados desde la vía pública, se pueden fotografiar.

Locales comerciales, al ser sitios privados, hay que tener permiso de los propietarios.

Museos, hay que seguir las normas de cada museo. Probablemente no nos dejarán hacer fotos con flash, o simplemente no nos dejarán hacer fotos.

Vehículos, aquí ya nos encontramos con un  problema de protección de datos, los podemos fotografiar, al publicarlos, lo conveniente es borrar la matrícula, ya que algunas sentencias consideran que la matrícula de un vehículo es un dato e carácter personal. De todas formas, hay controversias en este aspecto.




Resumiendo

En la vía pública estamos en nuestro derecho de fotografiar todo lo que queramos. Nadie nos puede negar este derecho.

En el caso de ser retenidos por las fuerzas de seguridad, ante la negativa de cesar o mostrar nuestras fotografías, debemos saber que quedaríamos retenidos bajo la responsabilidad del otro y que posteriormente podríamos demandarlo por retención ilegal.

En otra ocasión hablaré de las fotografías de las personas, aquí he dado una pequeña pincelada, pero el tema es complejo.







Comentarios

  1. Gracias Jorge! Y qué dice la ley sobre el uso de trípodes en la vía pública? En más de una ocasión he visto como impedían hacer fotografías usando un trípode alegando que es uso de la vía pública. personalmente lo encuentro algo absurdo pero me gustaría saber qué dice la ley en cuanto A este tema.
    Gracias!!!

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    1. Estoy preparando un tema sobre los trípodes, probablemente lo tendré acabado y lo publicaré este próximo mes de setiembre. Muchas gracias por tu comentario.

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